Apostilla de la Haya de documentos españoles como títulos universitarios
La apostilla sirve para validar oficialmente un documento de España en el extranjero, certificando la autenticidad de la firma y del sello de la autoridad que lo emitió.
En otras palabras, permite que el documento español tenga validez legal en los países que forman parte del Convenio de La Haya.
Si se trata de documentos notariales y documentos privados las firmas deben ser legitimadas ante Notario.
PASOS PARA APOSTILLAR EL DOCUMENTO:
1- Compulsar una copia del documento original en un notario.
2- El Colegio de Notario de España finaliza la gestión con la Apostilla de la Haya al documento notarial, a la copia compulsada del notario.
3- Coordinar el envío del documento.
En resumen,
Nos encargamos de todo el proceso de manera presencial. Primero, solicitamos una cita con el notario para compulsar el documento y convertirlo en un documento válido para su apostilla. Luego, lo llevamos al Colegio de Notarios para que se le coloque la Apostilla de La Haya. Finalmente, coordinamos el envío: remitimos los documentos apostillados por correo en pocos días.
PASOS PARA COORDINAR LA APOSTILLA DE LA HAYA DEL DOCUMENTO EN ESPAÑA:
También puedes escribirnos a leydenietosesp@gmail.com y pon en asunto: APOSTILLA DE LA HAYA DOCUMENTO DE ESPAÑA.
Documentos que pueden apostillarse
Documentos judiciales
Documentos administrativos
Documentos notariales: Recuerde que la apostilla de los documentos notariales corresponde, únicamente, a los Colegio de Notarios.
Listado de los Estados firmantes del Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961
Documentos que NO pueden apostillarse
Documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
Documentos administrativos relacionados, directamente, con una operación comercial o aduanera.
- Mercado Pago o al banco Francés al cambio del euro blue del día. Contacta con nosotros para coordinar el pago. *valor del Euro Blue, lo miramos en www.perfil.com
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LeydeNietosES
PAGOS EN PESO ARGENTINO:
Por motivos de público conocimiento pasamos a detallar la forma de pago en pesos al cambio correspondiente.
1) Pagos ANTES de las 15hs: Se tomará el cierre del día anterior.
2) Pagos DESPUES de las 15hs: Se tomará el cambio del cierre del día.
Para ello tomaremos como UNICO medio de consulta www.perfil.com
Sepan disculpar las molestias.